null Vipasa defiende su actuación en el desahucio de una vivienda de Gijón/Xixón tras años de impagos voluntarios y múltiples intentos de acuerdo
  • La empresa pública activó su protocolo para estos casos, lo trasladó a los servicios sociales y puso en marcha durante años medidas de mediación e intervención para encontrar una solución y evitar el lanzamiento

  • También intervino para abordar los problemas de convivencia comunicados por otros residentes, aunque recuerda que la causa jurídica del desahucio es exclusivamente económica

18 de septiembre de 2026

Ante la convocatoria anunciada hoy por el Sindicato de Inquilinas por el lanzamiento previsto para el próximo 28 de septiembre sobre una vivienda pública del grupo de la calle Alicia Concepción Álvarez, en Gijón/Xixón, Vipasa quiere aclarar las circunstancias del procedimiento judicial relativo a este inmueble:

“No estamos ante un desahucio decidido de manera repentina ni ante una actuación de la Administración contra una persona por su situación económica”, subraya la gerente de Vipasa, Marta Pulgar. También aclara que el procedimiento responde a un impago voluntario continuado de las obligaciones contractuales, que la propia arrendataria vinculó con sus dificultades económicas, después de años de intervención de Vipasa, de los servicios sociales y de programas especializados.

La vivienda fue adjudicada en septiembre de 2019 por emergencia social, con una renta adaptada de 67,02 euros mensuales, más la cuota de comunidad. Desde 2021 comenzaron los impagos voluntarios. Vipasa activó su protocolo, realizó requerimientos y en febrero de 2022 alcanzó un compromiso de pago de 20 euros mensuales, además de la renta corriente, que posteriormente fue incumplido. Ante la persistencia de la situación, la sociedad trasladó el caso a los servicios sociales y activó el Programa de Intermediación Comunitaria y Socioeducativa de Trama.

“La causa del procedimiento judicial es el impago voluntario, no las circunstancias personales de la arrendataria”, señala Pulgar, quien recuerda que “el procedimiento judicial es el último paso de un proceso que comenzó varios años antes”.

La demanda se presentó en mayo de 2023 y durante su tramitación se dio traslado del caso a los servicios sociales del Ayuntamiento de Gijón y a los organismos autonómicos competentes.

La sentencia del 24 de abril de 2026 del Tribunal de Instancia estima la demanda del Principado y declara resuelto el contrato por impago voluntario. La resolución acuerda el desahucio y señala que la situación de vulnerabilidad alegada no constituye causa de oposición al desahucio por impago voluntario.

La demanda recogía 22 recibos pendientes de renta, comunidad y suministros, por 3.644,32 euros. La propia demandada reconoció durante el procedimiento los impagos voluntarios y los vinculó a su situación económica. Vipasa recuerda que la demanda no acumulaba una reclamación de cantidad, sino que perseguía la recuperación de la vivienda por incumplimiento contractual.

Se ofrecieron alternativas para evitar el lanzamiento

La gerente de Vipasa destaca que “se han estudiado diferentes propuestas de acuerdo a lo largo del procedimiento”. En octubre de 2024 se planteó un pago inicial de 500 euros y 30 euros mensuales y, en abril de 2026, otro de 1.000 euros, la mensualidad corriente y 70 euros adicionales al mes.

La empresa pública había planteado, asimismo, estudiar una suspensión temporal del procedimiento si se abonaba el 50% de la deuda y se firmaba un compromiso de pago y de mejora de la convivencia. “No es cierto que no se hayan planteado alternativas. Las hubo, pero no se alcanzó un acuerdo que permitiera garantizar el cumplimiento futuro de las obligaciones contractuales”, afirma la gerente.

Paralelamente, Trama realizó durante 2025 y 2026 contactos, visitas domiciliarias, citaciones e intervenciones en las zonas comunes y con la comunidad. El expediente recoge quejas vecinales por ruidos, música a elevado volumen, discusiones, gritos y depósito de bolsas de basura y otros enseres en zonas comunes, así como algunas intervenciones policiales.

Vipasa insiste en que estos problemas de convivencia no son la causa jurídica del desahucio, que deriva del impago voluntario, aunque motivaron también la intervención de la Administración para proteger los derechos del conjunto de residentes.

Pulgar recuerda que “también hay que proteger el derecho de las familias que viven alrededor” y que una vivienda pública debe garantizar tanto el derecho a un hogar como el respeto a las obligaciones contractuales y las normas básicas de convivencia.

“También hay que proteger el derecho de las familias que viven alrededor. Una vivienda pública no puede convertirse en un espacio en el que se ignore sistemáticamente el derecho de los demás vecinos a descansar, convivir y disfrutar de las zonas comunes”, señala la gerente.

“La vivienda pública es un derecho, pero también un patrimonio público que debemos proteger”, subraya. Asimismo, recuerda que las viviendas de la sociedad autonómica pertenecen al conjunto de la ciudadanía y deben seguir dando respuesta a las familias que las necesitan.

La gerente resume la actuación desarrollada durante estos años: “Se adjudicó una vivienda de emergencia social, se estableció una renta adaptada a los ingresos, se activó el protocolo de impagos, se realizaron requerimientos y propuestas de acuerdo, se intervino desde los servicios sociales, se trabajó durante meses desde Trama para abordar los problemas de convivencia y, finalmente, se acudió a los tribunales cuando las vías anteriores no permitieron resolver la situación”.

Vipasa recuerda que la ejecución del lanzamiento corresponde a la autoridad judicial, que la sentencia es recurrible y que cumplirá las resoluciones que adopten los tribunales.

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